Acuerdo en que el Reyno señala la cantidad con que ha de seruir a su Magestad
Título | Acuerdo en que el Reyno señala la cantidad con que ha de seruir a su Magestad ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1624?] |
Descripción física o extensión | 31 [i.e. 30] h. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Autor | Consejo Real de Castilla |
Nota |
Título tomado de la cabecera del texto Se ha respetado la puntuación original |
Nota |
Error de foliación: de h. 28 pasa a 30 Sign.: A-L², M-N⁴ |
Nota de contenido | Acuerdos de los medios que el Reyno ha elegido para la paga del seruicio de su Magestad (h. 4r-5v); Genero de las cosas para que se consigna el seruicio (h. 6); Forma de la administraciō y cobrança que se ha de tener en la imposicion que se haze en la renta de los juros, para ayudar a la paga del seruicio (h. 7r-8r); Forma de la administracion y cobrança que se ha de guardar en la imposicion de doze por ciento, que se carga en los salarios, y gajes que se lleuan en estos Reynos ... para ayuda a la paga del seruicio (h. 9); Modo de la administracion y cobrança que se ha de guardar en la imposicion de doze por ciento ... para ayuda a la paga del seruicio (h. 10); Forma de la administracion y cobrança que se ha de guaradar en la imposicion que se echa para ayuda a la paga del seruicio de su Magestad ... en que entran las de las Indias, que llaman Encomiendas (h. 11); Modo de administracion y cobrança que ha de guardar las ciudades y villa de voto en Cortes ... de lo que valieren en renta de las tierras ... que se sacan cada año regulandolo por los diezmos (h. 12); Modo de la administracion y cobrança que se ha de guardar en la imposicion que se echa en las Encomiendas de las tres Ordenes militares ... y en las Encomiendas de Montessa (h. 13); Forma de la administracion y cobrança que se ha de guaradar en la imposicion que se echa en las fedas y passamanos de oro y plata ... y qualquier genero de telas de lana y otras cosas que entraren de fuera destos Reynos (h. 14-15); Modo de la administracion y cobrança que se ha de guardar en los dos reales por hanega de sal que se vendiere en estos Reynos ... (h.16); Modo de la administracion y cobrança del medio por ciēto que se impone para ayuda la paga del seruicio en los cambios que se hazen en estos Reynos para fuera dellos (h. 17); Modo de la administracion y cobrança que se ha de guardar en la imposicion de ciinco al millar, que se echa en valor de los oficios de Escriuanos de Camara, y del Crimen, y de Ayuntamiento ... (h. 18); Modo de la administracion y cobrança que se ha de guardar en la imposicion que se echa en el canje en todos los puertos, playas, y cotas ... (h. 19-20); Forma general que se ha de obseuar en la administracion y cobraná de los medios elegidos para la paga del seruicio de su Magestad ... (h. 21-22); Condiciones que se innouan o alteran de las del contrato del seruicio de los diez y ocho millones, que corre del año de mil y seyscientos y diez y nueue (h. 23-26); Condiciones generales para el aliuio y bien destos Reynos (h. 27-31) |
Nota de publicación | Del texto se deduce posterior a 1624 (h. 2 y 25). Gil Ayuso, n. 999, lo atribuye a 1634 |
Otro título | Acuerdo en que el Reino señala la cantidad con que ha de servir a su Majestad |
Nota sobre la edición | Existen al menos dos ediciones, h. 1 última línea: "da Religion y dilactiō della..." |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/44/41 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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