Por auto acordado de el Consejo de veinte y uno de mayo de 1737 ... se manda, que los escrivanos de camara de los consejos, juntas, tribunales eclesiasticos, y seculares, escrivanos de provincia, numero, y comissiones, no admitan en sus respectivos oficios, ni los procuradores firmen pedimento, que no lo estè de alguno de los individuos del colegio ...
Título | Por auto acordado de el Consejo de veinte y uno de mayo de 1737 ... se manda, que los escrivanos de camara de los consejos, juntas, tribunales eclesiasticos, y seculares, escrivanos de provincia, numero, y comissiones, no admitan en sus respectivos oficios, ni los procuradores firmen pedimento, que no lo estè de alguno de los individuos del colegio ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1757?] |
Descripción física o extensión | [3] p. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Localidad relacionada | Madrid |
País relacionado | España |
Autor | Colegio de Abogados de Madrid |
Nota |
Título tomado de la cabecera del texto Precede al título: [cristus] Texto fechado en Madrid, a 3 de agosto de 1757 Texto firmado por: "Lic. Don Joseph Benito Barròs y Puga, secretario" |
Nota |
Sign.: [ ]² Texto a dos columnas separadas por filete |
Nota de publicación | Fecha probable de publicación tomada de la firma |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/478/68 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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