El Exmò. Señor Presidente me hà comunicado el oficio del tenor siguiente ... A todos los Jueces reales de este Reyno digo con esta fecha lo siguiente: El 27 de Octubre de 802 la Junta Suprema de Real Hacienda de este Reyno dictó el auto que dice ... Dase facultad al Corregidor de Quezaltenango para que pueda repartir en pequeñas suertes, y por el termino de cinco años à los Indios y Ladinos que las quisieren las Tierras Realengas y valdias ...
Título | El Exmò. Señor Presidente me hà comunicado el oficio del tenor siguiente ... A todos los Jueces reales de este Reyno digo con esta fecha lo siguiente: El 27 de Octubre de 802 la Junta Suprema de Real Hacienda de este Reyno dictó el auto que dice ... Dase facultad al Corregidor de Quezaltenango para que pueda repartir en pequeñas suertes, y por el termino de cinco años à los Indios y Ladinos que las quisieren las Tierras Realengas y valdias ... ; |
Lugar de publicación | [Guatemala] |
Editorial | impreso por Areualo |
Fecha de publicación | [1811?] |
Descripción física o extensión | [3] p. |
Dimensiones | 4º |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante |
Bustamante y Guerra, José de (1759-1825) |
Localidad relacionada | Guatemala |
País relacionado | Guatemala |
Autor | Guatemala (Archidiócesis). Arzobispo (1815-1829: Ramón Casaus y Torres) |
Nota |
Se ha respetado la puntuación original Texto firmado por: "Fr. Ramon, Arzobispo Electo" Oficio de José de Bustamante fechado en: "Real Palacio 11 de Noviembre de 1811" Título tomado del comienzo del texto |
Nota | Sign.: [ ]² |
Referencia bibliográfica | Medina, José Toribio. La imprenta en Guatemala |
Nota de publicación |
Impresor tomado del colofón; lugar de publicación deducido de la sede del impresor Texto fechado en: "Palacio Arzobispal de Guatemala à 12 de Noviembre de 1811" |
Otro título | El excelentísimo señor presidente me ha comunicado el oficio del tenor siguiente ... A todos los jueces reales de este reino digo con esta fecha lo siguiente, el 27 de octubre de 1802 la Junta Suprema de Real Hacienda de este reino dictó el auto que dice ... dase facultad al corregidor de Quetzaltenango para que pueda repartir en pequeñas suertes y por el término de cinco años a los indios y ladinos que las quisieren las tierras realengas y baldías |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/626/33 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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