Con esta fecha digo de Real Orden al Director de liquidación de la deuda pública lo que sigue : A pesar de la claridad y precisión con que el artículo 2.º del Real Decreto de 4 de febrero último designa la clase de créditos contra el Estado que se han de liquidar por la Comisión de Liquidación de la deuda pública establecida por él ...
Título | Con esta fecha digo de Real Orden al Director de liquidación de la deuda pública lo que sigue : A pesar de la claridad y precisión con que el artículo 2.º del Real Decreto de 4 de febrero último designa la clase de créditos contra el Estado que se han de liquidar por la Comisión de Liquidación de la deuda pública establecida por él ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1824?] |
Descripción física o extensión | [1] p. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Localidad relacionada | Madrid |
País relacionado | España |
Autor | España. Ministerio de Hacienda |
Obra relacionada | Orden, 1824-05-12 |
Nota |
Precede al título: "Ministerio de Hacienda de España" Real Orden y Circular dadas en Madrid a 12 de mayo de 1824 Se ha respetado la puntuación original Texto firmado por Luis lopez Ballesteros |
Referencia bibliográfica | CCPB |
Nota de publicación | Fecha probable de impresión tomada de la firma |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/983/64 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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