Por Antonio Canabes, Oficial de la Inquisicion del Reyno, y Ciudad de Mallorca, como administrador de los bienes de Catalina Canabes su legitima muger, heredera del Licenciado Iuanoto Canabes su tio. Con Antonio Canabes de Menut, vezino de dicha Ciudad. Sobre Que se le ha de dar a Antonio Canabes Oficial, la prueua que tiene pedida, y en que insiste, la qual esta reseruada para la difinitiua, ò que en caso que se le deniegue, y esta causa se determine sobre lo principal, ha de ser absuelto del grauamen que se le ha puesto por la sentencia vltima del Consejo ...
Título | Por Antonio Canabes, Oficial de la Inquisicion del Reyno, y Ciudad de Mallorca, como administrador de los bienes de Catalina Canabes su legitima muger, heredera del Licenciado Iuanoto Canabes su tio. Con Antonio Canabes de Menut, vezino de dicha Ciudad. Sobre Que se le ha de dar a Antonio Canabes Oficial, la prueua que tiene pedida, y en que insiste, la qual esta reseruada para la difinitiua, ò que en caso que se le deniegue, y esta causa se determine sobre lo principal, ha de ser absuelto del grauamen que se le ha puesto por la sentencia vltima del Consejo ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1612?] |
Descripción física o extensión | 8 h. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Nota | Se ha respetado la puntuación original |
Nota |
Portada con grabado xilográfico de la Compañía de Jesús: "IHS", que precede al título Inicial grabada Sign.: A-D² |
Nota de publicación | Fecha aproximada de impresión deducida del texto, en verso de hoja 1 consta: "de 18. de Abril del año de 1612" |
Otro título | Por Antonio Canaves, oficial de la Inquisición del reino y ciudad de Mallorca, como administrador de los bienes de Catalina Canaves su legítima muger, heredera del licenciado Juanoto Canaves su tío. Con Antonio Canaves de Menut, vecino de dicha ciudad. Sobre que se le ha de dar a Antonio Canaves oficial, la prueba que tiene pedida y en que insiste, la cual está reservada para la definitiva o que en caso que se le deniegue, y esta causa se determine sobre lo principal, ha de ser absuelto del gravamen que se le ha puesto por la sentencia última del Consejo |
Ejemplares disponibles
Signatura | PORCONES/1468/40(3) |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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