Título El Rey, en conseqüencia de lo prevenido en el Artículo ciento y setenta y quatro de la Ordenanza de Intendentes, remitió el de Buenos Ayres con Carta de quatro de Agosto de mil setecientos ochenta y quatro el Quadrante de Diezmos del Arzobispado de Charcas ... ;
Lugar de publicación [S.l.]
Editorial [s.n.]
Fecha de publicación [1786?]
Descripción física o extensión [7] p.
Dimensiones Fol.
Forma del contenido Texto (visual)
Tipo de medio sin mediación
Participante

España. Rey (1759-1788: Carlos III)

Localidad relacionada Real Sitio de San Ildefonso
País relacionado España
Nota

Se ha respetado la puntuación original

Cédula dada en [San Ildefonso] a [veinte y tres] de [Agosto] de mil setecientos ochenta y seis; datos que figuran al final del texto en los espacios en blanco, que se han rellenado a mano para el lugar, día y mes

Real Cédula de Carlos III, declarando que en lo sucesivo se ha de observar en los remates, recaudaciones y distribución de diezmos de las Iglesias de Indias

Precede al título: [cristus]

Certifica el texto: [Don Manuel de Nestares], figura al final del texto anotado a mano

Nota Sign.: a⁴
Nota de publicación Fecha aproximada de impresión tomada del final del texto
Otro título En consecuencia de lo prevenido en el artículo ciento y setenta y quatro de la ordenanza de intendentes, remitió el de Buenos Aires con carta de cuatro de agosto de mil setecientos ochenta y cuatro el cuadrante de diezmos del Arzobispado de Charcas ...

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Signatura VE/407/44
Localización Sala Cervantes
Sede Sede de Recoletos

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Tipo

Libro

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