Por varias Leyes del titulo 26, lib. 9 de la Recopilacion de las de Indias está mandado, que ningun Natural ni Estrangero pase de estos á esos Dominios sin expresa Real licencia, Que los Generales, Capitanes, Oficiales y Ministros de Armadas y Flotas, y otros que llevaren ó encubrieren Pasageros sin licencia, incurran en pena de privacion de Oficio, y perdimiento de todos sus bienes ... á excepcion de la quinta parte, que debe darse al Denunciador ...
Título | Por varias Leyes del titulo 26, lib. 9 de la Recopilacion de las de Indias está mandado, que ningun Natural ni Estrangero pase de estos á esos Dominios sin expresa Real licencia, Que los Generales, Capitanes, Oficiales y Ministros de Armadas y Flotas, y otros que llevaren ó encubrieren Pasageros sin licencia, incurran en pena de privacion de Oficio, y perdimiento de todos sus bienes ... á excepcion de la quinta parte, que debe darse al Denunciador ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1785?] |
Descripción física o extensión | [3] p., [1] en bl. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Localidad relacionada | Real Sitio de San Ildefonso |
País relacionado | España |
Autor | Consejo Real de Castilla |
Nota |
Dada en San Ildefonso el 10 de septiembre de 1785 Se ha respetado la puntuación original Precede al título: [cristus] Real Orden de Carlos III disponiendo que a los extranjeros que cogieran en las naves destinadas a América sirvan ocho años en los cuerpos fijos de Indias, si son solteros y si son casados, se les destine a poblar con sus mujeres las Floridas o Islas de Trinidad, Puerto Rico y Santo Domingo Título tomado del comienzo del texto |
Nota | Sign.: [ ]² |
Nota de publicación | Fecha probable de impresión deducida de la firma |
Otro título | Por varias leyes del título 26, lib. 9 de la recopilación de las de Indias está mandado, que ningún natural ni extrangero pase de estos a esos dominios sin expresa real licencia, que los generales, capitanes, oficiales y ministros de armadas y flotas, y otros que llevaren o encubrieren pasajeros sin licencia, incurran en pena de privación de oficio, y perdimiento de todos sus bienes ... a excepcion de la quinta parte, que debe darse al denunciador |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/408/3 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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