Por Don Geronimo Diego de Vera y Rotulo, Cauallero de la Orden de Calatraua. Con El Marques de Tabara : En Este pleyto ... Todo quanto han escrito los Abogados del Marques se reduze à dezir, que en la fundacion del mayorazgo de Villada, hecha por don Enrique Enriquez año de 1503. ay clausula expressa de prohibiciõ de enagenacion de Villada ...
Título | Por Don Geronimo Diego de Vera y Rotulo, Cauallero de la Orden de Calatraua. Con El Marques de Tabara : ;En Este pleyto ... Todo quanto han escrito los Abogados del Marques se reduze à dezir, que en la fundacion del mayorazgo de Villada, hecha por don Enrique Enriquez año de 1503. ay clausula expressa de prohibiciõ de enagenacion de Villada ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [16--] |
Descripción física o extensión | 21 h. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Nota |
Texto firmado por: "El Doctor Bonilla Cathedratico de Prima. Iubilado" Se ha respetado la puntuación original |
Nota |
Sign.: A-K², L²⁻¹ Texto con apostillas marginales |
Nota de publicación | Aunque en h. 20 consta: "año de 1587", por el resto de alegaciones se deduce que el texto es del s. XVII |
Otro título | Por don Jerónimo Diego de Vera y Rotulo, caballero de la Orden de Calatrava. Con el marqués de Tabara |
Ejemplares disponibles
Signatura | PORCONES/906(16) |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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