Fuente consultada |
Don Fernando, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon ... Sabed, que para evitar las muertes, y heridas, que alevosamente se executaban en estos mis Reynos, en Provision del mi Consejo ... se prohibiò el de los Puñales, ò Cuchillos, que comunmente llaman Rejones, ò Giferos, imponiendo à las personas à quienes se aprehendiesse con estas Armas, solo por la aprehension, treinta dias de Carcel, quatro años de destierro, y doce ducados de multa ..., [1757?]
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