Nota de fuente |
[Segun este hecho para fundar la justicia de doña Catalina de Guzman contra don Pedro, contra el Duque de Medina, y contra don Luys de la Cerda, divido esta alegacion en tres articulos, en el primero trataré lde la exclusion de don Pedro, y prouaré como es incapaz desta sucession ... En el segundo, como el Duque de Medina y don Luys de la Cerda no tienen derecho de susceder en este mayorazgo ... En el tercero, prouaré, como doña Catalina es, a quien verdaderamente pertenesce la sucession ...], [1601-1700?]---
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