Fuente consultada |
FAC, julio 1990
Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas (BOE 21-05-2020)
WWW Web de la entidad, 17-5-2019
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Información encontrada |
Artículo 9.1 (Estado Mayor de la Defensa es el órgano que posibilita el cumplimiento de sus funciones al Jefe de Estado Mayor de la Defensa), Artículo 9.3 (Estado Mayor de la Defensa se estructurará en un Cuartel General y los siguientes órganos: a) El Mando de Operaciones. b) El Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas. c) El Mando Conjunto del Ciberespacio. d) El Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional)
(Estado Mayor de la Defensa, con rango de Secretaría de Estado, es el órgano que se ocupa de preparar la fuerza, promulgar la doctrina militar nacional y establecer la Fuerza Conjunta. Su organización actual está regulada por el Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas y por la Orden DEF 1887/2015, de 16 de septiembre, que desarrolla la organización básica del Estado Mayor de la Defensa. El jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD) ejerce, bajo la dependencia del ministro de Defensa, el mando de la estructura operativa de las Fuerzas Armadas y el mando del Estado Mayor de la Defensa)
(Estado Mayor de la Defensa (EMAD))
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