Por don Iuan Centurion y Cordoua, Tesorero y Canonigo de la santa Yglesia de la ciudad de Cordoua. Con el señor Fiscal. Sobre la retencion de las Bulas de la dicha Tesoreria, Canonicato, y Prestamo de la villa de Cabra, en quanto al dicho Prestamo, [posterior a 1615]---