Conforme á la Circular de 18 de Noviembre anterior deben los Receptores celebrar y cobrar las Igualas de sus respectivos Pueblos baxo las calidades expresadas en la propia Circular ...
| Título | Conforme á la Circular de 18 de Noviembre anterior deben los Receptores celebrar y cobrar las Igualas de sus respectivos Pueblos baxo las calidades expresadas en la propia Circular ... ; |
| Lugar de publicación | [Lugar de publicación no identificado] |
| Editorial | [impresor no identificado] |
| Fecha de publicación | [1806?] |
| Descripción física o extensión | 2 páginas sin numerar, 2 páginas en blanco |
| Dimensiones | 4º |
| Forma del contenido | Texto |
| Tipo de medio | sin mediación |
| Participante | |
| Localidad relacionada | Ciudad de México |
| País relacionado | México |
| Autor | México. Dirección General de Aduanas |
| Nota |
Signatura tipográfica: [ ]² Al final del texto consta Juan Navarro Precede al título: "Circular" Circular dada en México, a 29 de diciembre de 1806 Fecha probable de impresión tomada de la data del documento |
| Otro título | Conforme a la circular de 18 de noviembre anterior deben los receptores celebrar y cobrar las igualas de sus respectivos pueblos bajo las calidades expresadas en la propia circular |
Ejemplares disponibles 
| Signatura | VE/545/78 |
| Localización | Sala Cervantes |
| Sede | Sede de Recoletos |
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