Don Phelipe, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon ... A vos los Alcaldes de nuestra Casa, y Corte, nuestro Corregidor de esta Villa de Madrid ... Sabed, que Alonso de la Lama y Noriega, en nombre de los cinco Gremios de Mercaderes ... nos hizo relacion, que en conformidad de nuestras Leyes Reales, el perjuicio que se inferia à la causa publica, y nuestra Real Hacienda, de que los Generos se comerciassen en esta nuestra Corte, por menor, y vareado, por otras personas, que no fuessen de las incorporadas en sus respectivos Gremios ...
| Título | Don Phelipe, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de Leon, de Aragon ... A vos los Alcaldes de nuestra Casa, y Corte, nuestro Corregidor de esta Villa de Madrid ... Sabed, que Alonso de la Lama y Noriega, en nombre de los cinco Gremios de Mercaderes ... nos hizo relacion, que en conformidad de nuestras Leyes Reales, el perjuicio que se inferia à la causa publica, y nuestra Real Hacienda, de que los Generos se comerciassen en esta nuestra Corte, por menor, y vareado, por otras personas, que no fuessen de las incorporadas en sus respectivos Gremios ... ; |
| Lugar de publicación | [Lugar de publicación no identificado] |
| Editorial | [impresor no identificado] |
| Fecha de publicación | [1732?] |
| Descripción física o extensión | 40 hojas |
| Dimensiones | Folio |
| Forma del contenido | Texto (visual) |
| Tipo de medio | sin mediación |
| Participante | |
| Localidad relacionada | Madrid |
| País relacionado | España |
| Autor | Consejo Real de Castilla |
| Obra relacionada | Cédula, 1686-03-23 |
| Nota |
Impreso en papel timbrado de 1732 Inicial grabada Título tomado del comienzo del texto Fecha probable de impresión tomada de la firma Texto con apostillas marginales Auto dado en Madrid, a 4 de junio de 1726, y certificación de la copia por el Consejo de Castilla en 1732 Signatura tipográfica: A²⁻¹ B-V² X²⁻¹ Remite a la cédula de 1686 dada por Carlos II y las diferentes ratificaciones y autos emanados de Felipe V y el Consejo de Castilla |
| Nota de contenido | Ordenanzas de los generos que tocan vender à los mercaderes de sedas de la Puerta de Guadalaxara de esta Corte (hojas 27-28) ; Ordenanzas de los generos que han de vender los mercaderes de paños (hojas 28-30) ; Ordenanzas de los generos que deben vender el Gremio de mercaderes de Mercería de los portales de Santa Cruz, Plaza Mayor, y Calle de los Boteros, en esta Corte (hojas 30-31) ; Ordenanzas de los generos que ha de vender el Gremio de mercaderes de joyería de la Calle Mayor en esta Corte (hojas 31-32) ; Ordenanzas de los generos que ha de vender el Gremio de mercaderes de Lencería en esta Corte (hojas 32-34) ; Ordenanzas de los generos que ha de vender el Gremio de mercaderes de mercerìa, especerìa, y droguerìa de la calle de las Postas en esta Corte, y demàs tiendas agregadas à èl (hojas 34-36) ; Los generos de drogas que se necessitan para la Medicina. y se gastan en las Boticas, que empiezan desde Perlas de la margarita (hojas 36-38) ; Ordenanzas de los generos que ha de vender, y labrar el Gremio de cordoneros en esta Corte (38-40) |
| Otro título | Don Felipe, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de León, de Aragón ... A vos los alcaldes de nuestra casa y corte, nuestro corregidor de esta villa de Madrid ... Sabed que Alonso de la Lama y Noriega, en nombre de los cinco Gremios de Mercaderes ... nos hizo relación, que en conformidad de nuestras leyes reales, el perjuicio que se infería a la causa pública y nuestra Real Hacienda, de que los géneros se comerciasen en esta nuestra corte, por menor y vareado, por otras personas, que no fuesen de las incorporadas en sus respectivos Gremios |
Ejemplares disponibles 
| Signatura | VE/464/50 |
| Localización | Sala Cervantes |
| Sede | Sede de Recoletos |
Más información de ejemplares
+
Acceder a esta obra 
Este recurso puede obtenerse en la propia Biblioteca Nacional de España, solicitando una copia, o por préstamo interbibliotecario (solo bibliotecas)