Título El Rey nuestro Señor D. Frenando VII, y en su Real nombre la Suprema Junta Central y Gubernativa del Reyno se ha servido dirigirme con fecha de 6 del corriente el Real Decreto que sigue: "Al considerar que uno de los medios empleados por los Exércitos enemigos ... es el robo de quanto encuentran y en especial de efectos preciosos y alhajas de plata y oro; y al reflexîonar la medida adoptada por el mismo Gobierno intruso de obligar á los ciudadanos ... de los pueblos dominados á que presenten quanto poseen de aquellos preciosos metales en las casas de moneda; ha creido la Suprema Junta Central ... que para acudir á las ... necesidades que nos cercan ... sería un arbitrio muy prudente el que se reuniese todo el oro y plata labrada que tienen los particulares para su acuñacion ..." ;
Lugar de publicación [S. l.]
Editorial [s. n.]
Fecha de publicación [1809?]
Descripción física o extensión [1] h.
Dimensiones Fol.
Participante

Vera y Delgado, Juan Acisclo de, Arzobispo de Laodicea

Autor España. Junta Suprema Central
Tipo de material [Texto impreso]
Nota

El autor consta al final del texto

Título tomado del comienzo del texto

Se cita el Real Decreto firmado por el Azobispo de Laodicea, dado en el Real Alcázar de Sevilla á 6 de Diciembre de 1809

Se ha respetado la puntuación original

Nota de publicación Real órden fechado en el Real Alcázar de Sevilla, Diciembre de 1809
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Signatura R/60002(46)
Localización Sala Cervantes
Sede Sede de Recoletos

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