Rentas de los almoxarifazgos Mayor, y de Indias, y las agregadas à ellas, que andan en vn Arrendamiento. Assiento, y condiciones con que don Bernardo de Paz y Castañeda, tiene à su cargo por Arrendamiento las Rentas de los Almojarifazgos Mayor, y de Indias, y las demas Rentas, y derechos menores que hasta aora han andado en vn Arrendamiento; y los derechos acrecentados en las Aduanas de San Lucar, y el Puerto de Santa Maria, para igualar con los de las Aduana de Cadiz; y el derecho del quarto vno por ciento que se cobra en las Aduanas de los dichos Almojarifazgos ...
Título | Rentas de los almoxarifazgos Mayor, y de Indias, y las agregadas à ellas, que andan en vn Arrendamiento. Assiento, y condiciones con que don Bernardo de Paz y Castañeda, tiene à su cargo por Arrendamiento las Rentas de los Almojarifazgos Mayor, y de Indias, y las demas Rentas, y derechos menores que hasta aora han andado en vn Arrendamiento; y los derechos acrecentados en las Aduanas de San Lucar, y el Puerto de Santa Maria, para igualar con los de las Aduana de Cadiz; y el derecho del quarto vno por ciento que se cobra en las Aduanas de los dichos Almojarifazgos ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1686?] |
Descripción física o extensión | 44 h. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Autor | España. Consejo de Hacienda |
Nota |
Asiento firmado en Zaragoza, 9 de octubre de 1645 por Juan Lucas Manzolo Se ha respetado la puntuación original |
Nota |
Apostillas marginales Sign.: A-Y² |
Nota de publicación | Fecha aproximada de impresión deducida del texto, en recto de hoja 1 consta: "desde primero de Enero del de mil seiscientos y ochenta y seis" |
Otro título | Rentas de los almojarifazgos Mayor y de Indias y las agregadas a ellas, que andan en un arrendamiento. Asiento y condiciones con que don Bernardo de Paz y Castañeda, tiene a su cargo por arrendamiento las rentas de los almojarifazgos Mayor y de Indias y las demás rentas y derechos menores que hasta ahora han andado en un arrendamiento; y los derechos acrecentados en las aduanas de San Lúcar y el Puerto de Santa María, para igualar con los de las Aduana de Cádiz; y el derecho del cuarto uno por ciento que se cobra en las aduanas de los dichos almojarifazgos |
Ejemplares disponibles
Signatura | PORCONES/960(31) |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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