El Rey, por cuanto en veinte y vno de Junio de mil setecientos y treze, mandè dàr, y dì la Cedula de el tenor siguiente. El Rey, por quanto por vna Provision de onze de Enero del año passado de mil setecientos y diez, fuì servido hazer merced à don Pedro Antonio de Echave y Roxas, Cavallero del Orden de Alcantara, de futura de vna de las dos Fiscalìas de mi Audiencia de la Ciudad de los Reyes en las Provincias del Perù, con ausencias, y enfermedades de ambos, y que en el interin entrasse à servir ... en propiedad de qualquiera de las dos Fiscalias ...
Título | El Rey, por cuanto en veinte y vno de Junio de mil setecientos y treze, mandè dàr, y dì la Cedula de el tenor siguiente. El Rey, por quanto por vna Provision de onze de Enero del año passado de mil setecientos y diez, fuì servido hazer merced à don Pedro Antonio de Echave y Roxas, Cavallero del Orden de Alcantara, de futura de vna de las dos Fiscalìas de mi Audiencia de la Ciudad de los Reyes en las Provincias del Perù, con ausencias, y enfermedades de ambos, y que en el interin entrasse à servir ... en propiedad de qualquiera de las dos Fiscalias ... ; |
Lugar de publicación | [S.l.] |
Editorial | [s.n.] |
Fecha de publicación | [1714?] |
Descripción física o extensión | 1 h. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Nota |
Precede al título: [Cristus] Copia fechada en Madrid, a 23 de diciembre de 1714 Título tomado del comienzo del texto Se ha respetado la puntuación original Real Cédula dada en Madrid, a 21 de junio de 1713 Certifica la copia don Diego de Morales Velasco |
Nota | Sign.: [ ]²⁻¹ |
Nota de publicación | Fecha probable de impresión deducida de la copia |
Otro título |
El Rey, por cuanto en veinte y uno de Junio de mil setecientos y trece, mandè dàr, y dì la Cedula de el tenor siguiente. El Rey, por cuanto por una Provision de once de Enero del año pasado de mil setecientos y diez, fuì servido hacer merced à don Pedro Antonio de Echave y Roxas, Caballero del Orden de Alcantara, de futura de una de las dos Fiscalìas de mi Audiencia de la Ciudad de los Reyes en las Provincias del Perù, con ausencias, y enfermedades de ambos, y que en el interin entrase à servir ... en propiedad de cualquiera de las dos Fiscalias Por cuanto en veinte y vno de Junio de mil setecientos y treze, mandè dàr, y dì la Cedula de el tenor siguiente. El Rey, por quanto por vna Provision de onze de Enero del año passado de mil setecientos y diez, fuì servido hazer merced à don Pedro Antonio de Echave y Roxas, Cavallero del Orden de Alcantara, de futura de vna de las dos Fiscalìas de mi Audiencia de la Ciudad de los Reyes en las Provincias del Perù, con ausencias, y enfermedades de ambos, y que en el interin entrasse à servir ... en propiedad de qualquiera de las dos Fiscalias |
Ejemplares disponibles
Signatura | PORCONES/234(33/1) |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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Tipo
Libro
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