Prematicas que han salido este año de mil y seiscientos y dos : publicadas en la ciudad de Valladolid a diez dias del mes de Setiembre del dicho año
Título | Prematicas que han salido este año de mil y seiscientos y dos : ;publicadas en la ciudad de Valladolid a diez dias del mes de Setiembre del dicho año ; |
Lugar de publicación | En Valladolid |
Editorial |
vendese en casa de Francisco de Robles ... por Luis Sanchez |
Fecha de publicación | 1602 |
Descripción física o extensión | [2], [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. |
Dimensiones | Fol. |
Forma del contenido | Texto (visual) |
Tipo de medio | sin mediación |
Participante | |
Localidad relacionada | Valladolid |
País relacionado | España |
Autor | España |
Obra relacionada | |
Nota |
Pragmática, 1602-05-27, tomada de primera parte: "Dada en Aranjuez,a veynte y siete del mes de Mayo, de mil y seyscientos y dos años. Va sobre raydo, del año passado de mil y seyscientos y vno" Pragmática, 1602-09-08, tomada de partes II y III: "Dada en Valladolid a ocho dias del mes de Setie[m]bre de mil y seyscientos y dos años" Cada Pragmática con portada propia y escudo real xilográfico |
Nota |
Portada con escudo real xilográfico Sign.: [ ]¹, H⁴ ; I⁴ ; K⁴ |
Nota de contenido | Prematica en que se manda guardar la ley que dispone, que los Alcaldes entregadores se acompañen con las justicias ordinarias, en la determinacion de las causas : y el Concejo de la Mesta no dè marauedis algunos por via de ayuda de costa, ni para repartirlos en limosnas : ni prouean Recetores , y todo passe ante los Alcaldes entregadores y escriuanos de su comission : y todas las personas y ministros los aya de proueer el Presidente del Consejo, y no el que lo fuere de la Mesta, ni los hermanos della; Prematica en que se manda guardar las leyes, en que se prohibe matar Terneras, y se acrecientan las penas contra los que mataren, pesaren, y vendieren; Prematica en que se pone la forma que desde la data della en adelante se ha de guardar para poner Cambios y Bancos publicos, assi en esta Corte como en las demas partes destos Reynos, y se manda guardar las proueydas, para el castigo de los que quebraran ò se alçaren : y la en que està mandado que ningun estrangero dellos le pueda poner aunque tenga naturaleza : y la que prohibe que los Cambios publicos traten, ò contraten, so las penas en ellas contenidas |
Referencia bibliográfica | Gil Ayuso |
Nota sobre la edición | Según Gil Ayuso nº 539 existe una edición con mismo pie de imprenta, pero con signatura tipográfica diferente y foliación |
Ejemplares disponibles
Signatura | VE/47/47 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
Signatura | R/22472(7) |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
Signatura | VE/34/32 |
Localización | Sala Cervantes |
Sede | Sede de Recoletos |
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