Título Prematicas que han salido este año de mil y seyscientos y dos : ;publicadas en la ciudad de Valladolid, a siete dias del mes de Hebrero del dicho año ;
Lugar de publicación En Valladolid
Editorial

por Luys Sanchez

vendese en casa de Frācisco de Robles ...

Fecha de publicación 1602
Descripción física o extensión [2], [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl. ; [7] p., [1] en bl.
Dimensiones Fol.
Participante

Robles, Francisco de (fl. 1593-1623)

Felipe III, Rey de España

Sánchez, Luis (fl. 1590-1627)

Localidad relacionada Valladolid
País relacionado España
Autor España
Obra relacionada

Pragmática, 1602-03-03

Pragmática, 1602-01-21

Nota

Pragmática, 1602-01-21: "Dada en Ampudia a veintiun dias del mes de Enero de mil y seyscientos y dos años"

Cada Pragmática con portada propia y escudo real xilográfico

Nota

Sign.: [ ]¹, A⁴ ; B⁴ ; C⁴ ; D⁴ ; E⁴ ; F⁴

Iniciales xilográficas

Portada con escudo real xilográfico

Nota de contenido Prematica para que como fueren vacando se vayan consumiendo las escriuanias del numero acrecentadas, desde el año de mil y quinientos y quarenta en adelante, paraque queden en el numero antiguo y que todas las ciudades, villas y lugares destos Reynos, que quisieren consumir las escriuanias mayores y de los Cabildos y Ayuntamientos lo puedan hazer en la forma en esta ley contenida; Prematica para que en las villas de quinientos vezinos, y dende ay abajo, y en los lugares que no son villas, y no tienen mas de quinientos vezinos, se consuman los oficios perpetuos que en ella se huuieren criado, para q[ue] queden y sean anales, pagando los concejos a los posseedores los precios dellos; Prematica para que la renta y derecho del seruicio y montadgo, no se pueda cobrar fuera de los puertos Reales, expressados por la ley, so las penas en esta contenidas, y que solamente se pueda cobrar del ganado que passare, y boluiere por ellos; Prematica para que como fueren vacando las Veintiquatrias, Regimientos, y Iuradurias perpetuas, que se han acrecentado, desde el año de mil y quinientos y quarenta, se confirman, de manera que queden en el numero que auia el dicho año, y que no se puedan tornar a proueer; Prematica para que los Alcaldes mayores de sacas y cosas vedadas, en el vso y exercicio de sus oficios, guarden los capitulos cōtenidos en esta ley, desde la publicacion della en adelante; Prematica para que se cōsuma el oficio de marcador mayor, y el vso y exercicio del se reduzga al estado que tenia al tiempo de la muerte de Iuan Ayala, y se reuoca y da por ninguno todo lo que despues della se ha alterado è inouado, en el vso y exercicio del dicho oficio
Referencia bibliográfica Gil Ayuso, F. Noticia bibliográfica de textos y disposiciones legales de los Reinos de Castilla impresos en los siglos XVI y XVII
Nota sobre la edición Según Gil Ayuso nº 537 existe una edición con mismo pie de imprenta, pero con diferente signatura tipográfica y foliación

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