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Señor. La Merindad de Trasmiera, puesta à los Reales pies de V. Magestad, dize: que estandose siguiendo pleito en el Real, y Supremo Consejo de Guerra, à quien mandò V. Mag. la oyesse en justicia, sobre las exempciones, cedulas y privilegios que tiene, para que sus Montes los visten los Juezes Ordinarios de tres años; y que los Superintendentes [Toribio Perez de Bustamante y Miguel Gomez de Ribero] que huviesse en las quatro Villas, no se introduzcan à querer hazer los reconocimientos, que en las demàs Jurisdiciones practican ..., [posterior a 1695]
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