Fuente consultada |
Gran enciclopedia catalana
Historia de España, Javier Tusell, 1998
WWW Wikipedia, 17-5-2019
Reales cédulas de erección, y ordenanzas de los tres cuerpos de comercio de el Principado de Cathaluña que residen en la ciudad de Barcelona, 2006 (facs. de la ed. de 1763)
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Información encontrada |
(Se trata de un término jurídico que se utiliza a partir del siglo XIV para nombrar al territorio bajo jurisdicción de las Cortes Catalanas, cuyo soberano (en latín, princeps) era el soberano de la Corona de Aragón y posteriormente de la Corona de España, sin ser formalmente un reino. Tampoco era un condado, ya que el condado de Barcelona no abarcaba toda Cataluña (historiográficamente también se usa la expresión «condados catalanes»). Los Usatges hacen coincidir el título de princeps con el de conde de Barcelona. A menudo se ha utilizado el título nobiliario de príncipe por el heredero de la corona. En el caso de la Corona de Aragón, el heredero ostentaba el título de duque de Gerona, más tarde cambiado a príncipe de Gerona. No se debe confundir, por tanto, el Principado de Cataluña con un título nobiliario)
p. 22 (la Corona de Aragón estaba formada por el Reino de Aragón, el Principado de Cataluña y los reinos de Valencia y Mallorca) p. 154 (el derecho consuetudinario catalán se reforma y actualiza con la obra de Pere Albert [s. XIII, Tractatus de consuetudinibus Cathaloniae]. Con esta obra puede decirse que adquiere reconocimiento "oficial" el Principado de Cataluña, al superponer la figura del príncipe sobre el ámbito territorial de Cataluña)
(Als Països Catalans, la utilització sistemàtica del títol "principat" per a designar Catalunya, començat a utilizar pels juristes catalans del s. XV, indicava simplement que el territori no depenia d'un rei, pel fet que no existia el regne de Catalunya, ni d'un comte, pel fet que el comtat de Barcelona no comprenia Catalunya, sino d'un sobirà)
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